En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a Ricky González Muñoz las accesorias legales inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; más la inhabilitación perpetua para conducir vehículo de tracción mecánica y el pago de una multa a beneficio fiscal total de 12 UTM y de las costas del juicio.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó hoy –lunes 5 de julio– a Ricky Emiliano González Muñoz a las pena efectivas de 5 años y 3 años y un día de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte e incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar ayuda y dar cuenta a la autoridad del accidente. Ilícitos perpetrados en febrero del año pasado, en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 274-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Ana Paula Sepúlveda Burgos (presidenta), Óscar Huenchual Pizarro (redactor) y Mauricio Petit Moreno– aplicó, además, a González Muñoz las accesorias legales inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; más la inhabilitación perpetua para conducir vehículo de tracción mecánica y el pago de una multa a beneficio fiscal total de 12 UTM y de las costas del juicio.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
La resolución dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 23:50 horas del 22 de febrero de 2020, “(…) en circunstancias que el acusado conducía a exceso de velocidad y en estado de ebriedad el automóvil Placa Patente Única LPVV-53 POR Avenida Comandante San Martín, al llegar a las cercanías con la intersección de calle San Marcos, no cede el derecho preferente de paso a los peatones y víctimas Ana Angélica Cortés Torres, Pablo Alfonso Carpio Requena y a la hija de ambos Francisca Belén Carpio Cortés, quienes en esos momentos cruzaban dicha Avenida por el paso peatonal demarcado, a raíz de lo cual los atropella, provocando el fallecimiento de Ana Cortés Torres en el lugar. Por su parte, provocó el fallecimiento de Pablo Carpio Requena, por un paro cardio respiratorio en el Hospital Local de esta ciudad y por último se produjo lesiones a la menor Carpio Cortés de carácter grave, víctima que con fecha 24 de febrero de 2020 falleció en el Hospital Local de Arica producto de la gravedad de las lesiones antes descritas.
Cabe señalar que el acusado luego de atropellar a las víctimas, descendió del vehículo que conducía y huyó del lugar sin prestar auxilio a las víctimas ni dar cuenta a la autoridad, siendo seguido por civiles para ser entregado a Carabineros.
El estado de ebriedad del acusado fue corroborado mediante informe de alcoholemia, el cual arrojó que conducía el vehículo con 1.01 gramos de alcohol por litro de sangre”.