Una valoración probatoria solo puede ser tachada de irracional si se utilizan criterios cuando el valor dado a la prueba, respondan a fórmulas epistémicas absurdas, a máximas de experiencia inidentificables o al desnudo pensamiento mágico, ignoto o inexplicable.
La Audiencia Provincial de Asturias (España), revocó la sentencia de instancia que declaró la absolución de un acusado por el delito leve de amenazas en perjuicio de su vecino. El recurrente alegó que se falló con error en la valoración de la prueba, vulnerando el principio de razón suficiente, ya que el sentenciador decidió absolver…