No basta con que el trato degradante sea grave en sí mismo, además éste debe causar efectivamente un menoscabo grave a la dignidad de la víctima, resuelve Corte de Chillán.
La Corte de Apelaciones de Chillán acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de San Carlos, que condenó al acusado a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, como autor del delito consumado de tratos degradantes a personas vulnerables. El…