El ingreso al terreno que ocupa el actor, independiente de la calidad de dueño invocada por los recurridos, constituye un acto de autotutela ilícita.
Los recurridos incurrieron en un acto ilegal, al optar por la autotutela de sus derechos en lugar de que ello fuera materia de un proceso legalmente tramitado. La Corte Suprema confirmó la sentencia pronunciada por la Corte de San Miguel, y acogió el recurso de protección deducido en contra de unos vecinos, y les ordenó…