No existen suficientes estudios científicos que avalen una supuesta relación entre la exposición a ondas electromagnéticas y efectos perniciosos en la salud de las personas.
La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que desestimó el recurso de protección deducido por un particular en contra de Claro Chile S.A. por la emisión de ondas electromagnéticas desde la antena de telefonía celular que se encuentra aproximadamente a 400 metros de su domicilio, cuestión que, a su juicio,…