Acción de responsabilidad extracontractual prescribe en el plazo de 4 años desde la fecha en que se cometió el acto impugnado.
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que confirmó aquella de base que acogió una excepción de prescripción opuesta en contra de una demanda por responsabilidad civil extracontractual. La demandante exige el pago de $567.000.000.- por concepto de daño…
