Recurrida debe borrar de sus redes sociales toda referencia al actor y abstenerse en lo sucesivo de efectuar publicaciones que afecten su derecho a la honra e imagen.
La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de protección interpuesto contra una joven que hizo uso de sus redes sociales para publicar comentarios e imputar al recurrente la comisión de hechos socialmente reprochables. El recurrente expuso que desde el año 2017 inició una relación de amistad con la recurrida, la que se mantuvo…