La Corte Suprema rechazó de plano el recurso de queja presentado por empresa forestal en contra de la resolución que no dio lugar a la solicitud de devolución de especies incautadas en procedimiento por robo de madera, que se tramita en el Juzgado de Garantía de Arauco.
En fallo unánime (causa rol 2.431-2021), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, Rodrigo Biel y Miguel Vázquez– descartó falta o abuso grave de los ministros de la sala de la Corte de Apelaciones de Concepción que confirmaron la resolución de primer grado que rechazó la petición interpuesta en representación de la empresa Forestal El Linque SpA y otros.
“Que del tenor del libelo que contiene la queja en estudio, se constata que el recurrente no cuestiona propiamente las faltas o abusos en que pudiesen haber incurrido los ministros, desde que los fundamentos esenciales del recurso dicen relación, como se dijo, con la disconformidad con lo resuelto por los recurridos; así como al alcance y sentido que corresponde conferir a los preceptos legales aplicables al caso y a la ponderación de los antecedentes hechos valer, lo que es propio de la labor jurisdiccional”, sostiene el fallo.
“Que como se dijo, los jueces recurridos, procedieron a resolver en el sentido que lo hicieron, compartiendo las razones de hecho y jurídicas dados en primera instancia para ello, así como señalando sus propios fundamentos para arribar a la decisión que se revisa, lo que de suyo no puede importar una falta o abuso grave, desde que lo que hicieron fue decidir la cuestión sometida a su conocimiento, valorando –labor privativa de los jueces– los antecedentes, así como interpretando los preceptos legales atingentes al caso, no existiendo por ese motivo, como se dijo, una falta o abuso que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario; lo que conlleva que este sea rechazado de plano”, añade.