El Decimocuarto Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda de indemnización presentada por la víctima y condenó al conductor y a la empresa Construcciones y Servicios Siglo Verde S.A. a pagarle solidariamente la suma de $8.000.000 (ocho millones de pesos) por concepto de daño moral, por los perjuicios ocasionados al ser atropellada por camioneta de la empresa que era conducida en reversa. Accidente registrado en agosto de 2018, en la comuna de Providencia.
En la sentencia (causa rol 26.380-2019), el magistrado Osvaldo Correa Rojas acogió parcialmente la demanda, tras establecer que se encuentra probada la responsabilidad de los demandados en los hechos, al ser el conductor trabajador de la empresa y esta la propietaria del vehículo que arrolló a la transeúnte.
“Que considerando lo anterior, además de la prueba rendida, en orden a que el chofer del vehículo, don Carlos Alfredo Muñoz Machuca era trabajador de la empresa sociedad Construcciones y Servicios Siglo Verde S.A., como da cuenta la diligencia de absolución de posiciones que consta a folio 98 signada en el considerando séptimo de la presente sentencia en la cual Carlos Enrique Jara Vásquez, representante legal de la empresa sociedad Construcciones y Servicios Siglo Verde S.A, declara que es efectivo que don Carlos Alfredo Muñoz Machuca se ha desempeñado como chofer dependiente de la sociedad Construcciones y Servicios Siglo Verde S.A. en agosto de 2018, utilizando los vehículos de dicha sociedad y que el 6 de agosto de 2018 ejercía su trabajo de chofer de la camioneta placa única patente FSFH 50”, consigna el fallo.
La resolución agrega que: “Además de los hechos por los cuales a don Carlos Alfredo Muñoz Machuca se le tuvo por confeso, signados en el considerando octavo de la presente sentencia, consta que es efectivo que para desarrollar su trabajo de chofer utilizaba la camioneta patente FSFH-50 que pertenecía en agosto de 2018, a Construcciones y Servicios Siglo Verde S.A., que el día 6 de agosto de 2018, atropelló a doña María Angélica Díaz Ramírez, mientras conducía marcha atrás la camioneta señalada por calle Eliodoro Yáñez de Providencia”.
“En razón de lo anterior, esta magistratura considera que la eventual responsabilidad extracontractual del demandado don Carlos Alfredo Muñoz Machuca, como chofer del vehículo, se extiende también a su empleadora la sociedad Construcciones y Servicios Siglo Verde S.A. como propietaria de dicho vehículo, esto último en relación con el régimen de responsabilidad objetiva establecida en la ley 18.290, por lo que ambos, serían eventuales responsables solidarios por los daños ocasionados a raíz del uso del vehículo respectivo”, concluye.
Por tanto, se resuelve: “Que se acoge parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual impetrada por Marisa Navarrete Novoa en representación de María Angélica Díaz Ramírez, en contra de Carlos Alfredo Muñoz Machuca como autor del hecho ilícito y sociedad Construcciones y Servicios Siglo Verde S.A., en calidad de codeudor solidario, condenándose a estos al pago de la suma de $8.000.000 (ocho millones de pesos), en concepto de daño moral irrogado, más reajustes e intereses corrientes, desde que la sentencia quede ejecutoriada y hasta su pago efectivo, conforme a lo razonado en los considerandos vigésimo octavo, vigésimo noveno y trigésimo primero”.