El Vigésimo Juzgado Civil de Santiago acogió una demanda de indemnización por incumplimiento de contrato por la venta de un bus de pasajeros con defectos de fábrica.
En la sentencia (rol 15.574-2023), la jueza Gabriela Silva Herrera consideró que se encuentra probado el incumplimiento en la venta al vender un vehículo en condiciones no esperables para el transporte de pasajeros.
“Que, estos antecedentes permiten tener por acreditado a esta sentenciadora el incumplimiento del demandado, toda vez que el bien vendido no cumplía las condiciones objetivas y funcionales esperables de un vehículo nuevo destinado al transporte remunerado de pasajeros, en atención a que el vehículo adquirido por el actor presentó múltiples desperfectos inmediatamente después de su entrega. Asimismo, se acreditó que la distribución interior del vehículo no permitía inicialmente obtener la aprobación de la revisión técnica correspondiente, circunstancia que motivó la remoción y reubicación de asientos”, dice el fallo.
Agrega: “Tampoco altera la conclusión anterior la alegación consistente en que determinadas fallas tendrían origen en la fabricación de la carrocería o en componentes elaborados por terceros, en atención a que la relación contractual materia de autos fue celebrada entre el demandante y Epysa Buses Limitada, quien actuó como vendedora del vehículo. Frente al comprador, dicha demandada responde por el cumplimiento íntegro de las obligaciones derivadas de la compraventa, sin perjuicio de las acciones que pudiere ejercer respecto de terceros”.
“Por consiguiente, esta sentenciadora estima acreditado que la cosa vendida no fue entregada en condiciones aptas para satisfacer íntegramente el destino económico y funcional para el cual fue adquirida, configurándose un incumplimiento contractual imputable a Epysa Buses Limitada”, concluye el fallo.

