La Corte de Apelaciones de Santigo confirmó la sentencia que condenó a una cadena de supermercado a pagar indemnización por retención ilegal de un cliente, en la ciudad de La Serena.
En la sentencia (rol 13.011-2023), la Décima Tercera Sala del tribunal de alzada -integrada por el ministro Sergio Córdova, la fiscal judicial Carla Troncoso y el abogado (i) Adelio Misseroni- ratificó en todas sus partes el fallo de primera instancia.
“Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el diecinueve de julio de dos mil veintitrés, por el 24° Juzgado Civil de Santiago”, dice el fallo.
En primera instancia la jueza Cecilia Pastén Jara estableció responsabilidad del supermercado por actuar negligente en la retención del cliente.
“Que al haber resultado absuelto del actor, en sede penal, de la imputación de haber cometido un delito de hurto, en los hechos relatados en la demanda, en primer lugar, debe señalarse que la detención efectuada por personal de seguridad del local de la demandada, parece ser ilegal y no ajustada a derecho.
En tal sentido, la declaración de los testigos de la demandada, los mismos guardias que declararon en sede penal, resulta insuficiente para poder verificar una sospecha fundada que hubiera habilitado su actuar, ya que al igual, en el proceso criminal, no se ha acreditado en autos, que el demandante haya llevado a su vehículo, conjuntamente o previamente al pallet que llevó personal de CCU que estaba en el mismo supermercado, las bebidas que había adquirido el día de los hechos, el 27 de febrero de 2020, ni se ha escuchado a los proveedores de CCU, que hubieran dado cuenta de la intención del actor de llevar una cantidad de bebidas superiores a las que había adquirido para la empresa comercial que representó en el acto de consumo”, da cuenta la sentencia.
“Consecuentemente, ha resultado probado el requisito de la existencia de culpa o negligencia, de personal dependiente de la demandada, en la retención ilegal que se produjo del actor, forzándolo y manteniéndolo incomunicado, durante dos horas y que derivó, además, en un proceso penal, donde estuvo detenido por 24 horas y sometido a un proceso criminal para dirimir si tenía o no responsabilidad penal”.

