La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la excepción de prescripción y rechazó demanda de indemnización, presentada fuera de plazo, por accidente que le costó la vida a trabajador subcontratado en faena minera, en junio de 2003.
En fallo unánime (causa rol 8.043-2019), la Sexta Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Antonio Ulloa, la ministra Ana María Osorio y el abogado (i) Cristián Lepín–ratificó íntegramente la sentencia impugnada, dictada por el Decimotercer Juzgado Civil de Santiago, que dio lugar a la excepción de prescripción extintiva opuesta por los demandados.
“Que, en consecuencia, corresponde determinar si la suspensión de la prescripción impidió el transcurso del plazo extintivo de la acción de responsabilidad civil extracontractual, que a la luz del artículo 2332 del referido estatuto civil, es de 4 años a contar de la perpetración del acto”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que, lo anterior queda claramente resuelto en el fundamento décimo noveno del fallo objetado, cuya pormenorizada reflexión esta Corte comparte íntegramente”.
“Que, como colofón de lo discernido con antelación, queda en evidencia que corresponde forzosamente tener como fecha de inicio del cómputo de la prescripción el día 11 de junio de 2003, corriendo ininterrumpidamente el plazo hasta la notificación de la demanda de autos, hecho acaecido el 14 de junio de 2013”.