El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Víctor Hugo Jara Albornoz a la pena de 4 años de presidio efectivo, más la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y el pago de una multa de 12 UTM, en calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de muerte de dos peatones. Ilícito perpetrado en la comuna de Machalí, en abril del año
pasado.
En fallo unánime (causa rol 45-2024), el tribunal –integrado por las magistradas Carolina Garrido Acevedo (presidenta), María Esperanza Franichevic’ Pedrals y el juez Raúl Baldomino Díaz (redactor)– condenó, además, a Jara Albornoz a la pena de cumplimiento efectivo de 3 años y un día y el pago de una multa de 15 UTM, como autor del delito de incumplimiento del deber de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad del accidente. Asimismo, el tribunal decretó el comiso del vehículo con que se cometió el delito.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 04:45 horas del 2 de abril de 2023, “(…) Jara Albornoz condujo en estado de ebriedad y bajo los efectos de estupefacientes, el vehículo motorizado, station wagon, marca Nissan, modelo Qashqai, color gris, año 2011, placa patente (…) por carretera El Cobre de la comuna de Machalí, a gran velocidad y, a la altura del kilómetro 4.5, atropelló a dos peatones, Alejandra Valeska Pinto Saavedra, de 35 años, y a Bastián Andrés Monjes Henríquez, de 26 años, quienes cruzaron por un paso no habilitado, quedando tendidos en el lugar, pese a lo cual, el imputado y habiéndose dado cuenta de tal atropello, no detuvo su marcha, dándose a la fuga del lugar, no asistiendo a las víctimas ni avisando a servicio de asistencia médica, ni a carabineros”.
“(…) tras la huida, las víctimas fallecieran en el lugar producto del politraumatismo esquelético y visceral que sufrieron a raíz del fuerte impacto. Carabineros que fue alertado por terceros sobre este hecho realizó una búsqueda del automóvil responsable de los atropellos, dando finalmente con este y deteniendo al imputado, momento en que se le practicó el examen respiratorio intoxilyzer, el cual arrojó como resultado 1.51 gramos de alcohol por litro en la sangre, a su vez el informe de alcoholemia respectiva emitida por el Servicio Médico Legal determinó que el imputado condujo, al momento de los hechos, con 1.83 gramos de alcohol por litro en la sangre. Asimismo, el informe toxicológico arrojó resultado positivo ante el consumo del imputado de THC como resultado del consumo de marihuana y de benzoilecgonina producto de consumo de la cocaína”, añade.