Normas que facultan al Ministerio Público para no perseverar en la investigación, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.
Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, los artículos 248, letra c), y 259, inciso final, ambos del Código Procesal Penal. Las normas legales motivo del requerimiento establecen: “Artículo 248.- Cierre de la investigación. Practicadas las diligencias necesarias para la averiguación del hecho punible y sus autores, cómplices o encubridores, el fiscal declarará cerrada la investigación…