Colegio infringe la Ley del Consumidor al estipular en el contrato educacional una cláusula que se estima abusiva mediante la cual se niega a devolver lo pagado por concepto de matrícula, si el alumno es retirado voluntariamente del establecimiento.
La Corte de Santiago revocó, en lo que atañe al daño moral reclamado, y confirmó en lo demás, la sentencia dictada por Segundo Juzgado de Policía Local de Las Condes, que condenó por infracción a la Ley del Consumidor a un colegio por la falta de medidas de seguridad en la prestación del servicio educacional,…