No se puede adoptar medida protectora alguna en favor del amparado si no existe antecedente que acredite haya concurrido personal policial a su domicilio.
El recurrente alegó que dos funcionarios policiales entrevistaron a su pareja en su domicilio a fin de obtener información respecto del delito de lesiones que habría cometido en la quinta región, los que a su vez le manifestaron que en cualquier minuto lo iban a detener, en circunstancias que no ha cometido ningún delito y…