La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió recurso de protección y ordenó a la parte recurrida proporcionar copia de las llaves de portón que impide el paso de la propietaria de predio colindante y les ordenó abstenerse en lo sucesivo de impedir su libre acceso.
En fallo unánime (causa rol 11.596-2023), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pablo Droppelmann, Valeria Echeverría e Ingrid Alvial– estableció el actuar arbitrario e ilegal de los dueños de terrenos gravados por servidumbre de tránsito, al impedir el acceso a la recurrente.
“Que los recurridos en sus informes, reconocen que sus terrenos se encuentran gravados por una servidumbre de tránsito constituida en favor del predio de la recurrente, y que la misma nunca ha sido abierta necesitándose de obras para habilitar dicho camino. Además, afirman estar llanos a cooperar con dichas obras, haciendo presente que esta vía cautelar no es la idónea para solucionar el conflicto”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que está demostrado que las partes son vecinos, y que la recurrida tiene una servidumbre a su favor que grava los terrenos de los recurridos. Asimismo, de las fotos y plano acompañados, no cabe duda que, el camino que se encuentra cerrado corresponde a dicha servidumbre ya que se ubica en el límite de los predios de los recurridos, tal como aparece en el plano”.
“Que por otra parte, en el recurso de protección Rol N° 13452-2019 de esta Corte, aparece que el camino de que se trata era utilizado por la recurrente, lo que permite tener por cierto el derecho que se reclama y cuyo ejercicio fue impedido a través de una vía de hecho que le afecta su derecho de propiedad respeto del Lote 34 inscrito a su nombre”, afirma la resolución.
Por tanto, se resuelve que: “se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de doña Virginia Haydée Gaete Valenzuela, en contra de don Roberto Coloma Figueroa y de don Cristián Fernando Amaro Verdejo, en consecuencia las recurridas deberán hacer entrega a la recurrida la copia de las llaves de los portones que le permiten el acceso a su propiedad Lote 34 de la subdivisión de la reserva Cooperativa BC-13, proveniente del proyecto de parcelación El Cajón de San Pedro, Quillota, y abstenerse en lo sucesivo de impedir el paso de esta por el referido camino”.