El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó a Fernando Diego López Choque a la pena de 818 días de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de manejo en estado de ebriedad con licencia de conducir suspendida. Ilícito perpetrado en abril de 2021 en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 223-2023), el tribunal –integrado por los magistrados Ana Paula Sepúlveda Burgos (presidenta), Óscar Huenchual Pizarro (redactor) y Caroline Guzmán Muñoz– aplicó, además, al sentenciado a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, más una multa de una UTM.
En cuanto a la forma de cumplimiento de la pena, los sentenciadores tuvieron a la vista que “la segunda parte del inciso tercero, artículo 1, de la Ley N°18.216, limita la aplicación de las penas sustitutivas a las personas condenadas con anterioridad por algún crimen o simple delito señalado, entre otras leyes, en la N° 20.000”.
“Asimismo -agrega la resolución- a la luz de lo consignado en el inciso quinto, se fija un lapso de tiempo para la consideración de las condenas pretéritas, de diez o cinco años antes de la comisión del nuevo delito, según se trate de un crimen o de un simple delito, respectivamente”.
En el juicio de marras “ha resultado acreditado que López Choque registra, entre otras, la causa RIT N° 6.903-2017, del Juzgado de Garantía de Arica, el 24 de octubre de 2018 fue condenado en calidad de autor de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes del artículo 3 y 1 de la Ley N° 20.000, a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, la que, con fecha 28 de octubre de 2020 le fue otorgada el beneficio de libertad condicional (…) en consecuencia, habiendo cometido el delito de manejo en estado de ebriedad el 23 de abril de 2021, y la condena previa por un delito de crimen (tráfico) data del 24 de octubre de 2018, el condenado López Choque se encuentra impedido para ser sujeto a pena sustitutiva alguna, debiendo cumplir la pena privativa de libertad en forma efectiva”.
Hechos acreditados
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 23 de abril de 2021, en horas de la tarde, Fernando López Choque conducía su vehículo en estado de ebriedad por avenida Tucapel y al llegar a la intersección del pasaje Cuya colisionó una bicicleta conducida por C.P.C. quien se lanzó al suelo para evitar ser atropellado, resultando con lesiones de carácter leve, pese a que una de las ruedas resultara arrollada.
Personal de Carabineros llegó al sector y constató que López Choque se encontraba en estado de ebriedad, cuyo examen de alcoholemia arrojó 2 gramos por mil de alcohol en la sangre. Además, se constató que mantenía la licencia de conducir suspendida por el plazo de cinco años por una condena previa.