La Corte de Arica rechazó el recurso de apelación deducido por la defensa y confirmó la prisión preventiva de Manuel Arnaldo Flores Vega, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de homicidio, lesiones menos graves e incumplimiento de la obligación de detenerse la marcha, prestar ayuda a las víctimas e informar a la autoridad de accidente de tránsito. Ilícitos cometidos hace unos días, en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 197-2023), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Claudia Arenas González y los abogados (i) Claudia Moraga Contreras y Carlos Ruiz Larral– ordenó la permanencia de Flores Vega en el Centro Penitenciario de Acha, por compartir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
“Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en estrado y compartiendo íntegramente los fundamentos vertidos por el juez a quo, y teniendo especialmente en consideración que aquel dice relación con un video en que se aprecia al imputado abordando el vehículo para conducirlo momentos antes de los hechos investigados, satisfacen lo dispuesto en la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, único discutido de la audiencia, por lo que permiten presumir su participación en el hecho punible, SE CONFIRMA la resolución apelada de veintiuno de marzo de dos mil veintitrés, pronunciada en la causa Rit 1917-2023, RUC N° 2300304541-2, del Juzgado de Garantía de esta ciudad” sostiene el fallo.
Según el ente persecutor, a las 02:15 horas de la madrugada del 19 de marzo de 2023, las víctimas D.P.C.H. y B.I.R.E. transitaban por la acera de la avenida Vicuña Mackenna de la ciudad de Arica, arteria en la cual fueron atropelladas por Flores Vega, quien conducía presumiblemente bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, tras haber estado bebiendo en un local ubicado en la calle 18 de Septiembre, en horas previas al accidente.
Tras el atropello, el imputado se dio a la fuga del lugar, sin detener la marcha, prestar ayuda a las víctimas ni informar a la autoridad del accidente de tránsito con resultado de muerte.
A consecuencia del atropello, B.I.R.E. resultó con lesiones menos graves. En tanto, D.P.C.H. resultó con heridas de extrema gravedad que le ocasionaron la muerte al día siguiente en el Hospital Juan Noé, debido a un politraumatismo y un trauma cráneo encefálico.