La Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió el recurso de amparo interpuesto en representación de internas del Centro Penitenciario Femenino de San Miguel y ordenó que el recinto penal debe contar con la presencia permanente de un médico para la atención de las reclusas.
En fallo unánime (causa rol 6.244-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la abogada (i) Pía Tavolari– confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que dispuso que Gendarmería adopte las medidas que aseguren la atención médica de las internas, pero la modificó en la parte que había dispuesto la permanencia en el recinto penal de un médico las 24 horas del día.
“Eliminándose del apartado I.- de la parte resolutiva la frase ‘durante las veinticuatro horas del día’, se confirma la sentencia apelada de once de febrero de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, en el Ingreso Corte N° 45–2022, con declaración que Gendarmería deberá disponer de los mecanismos necesarios para la presencia de un médico de atención permanente en la unidad penal”, ordena el máximo tribunal.