En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada acogió la demanda de indemnización de perjuicios presentada por el fisco en contra de conductor y dueño del automóvil que chocó a un vehículo institucional de la Policía de Investigaciones, en junio de 2013, en la comuna de Ñuñoa.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la demanda de indemnización de perjuicios presentada por el fisco en contra de conductor y dueño del automóvil que chocó a un vehículo institucional de la Policía de Investigaciones, en junio de 2013, en la comuna de Ñuñoa.
En fallo unánime (causa rol 12.713-2020), la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Miguel Vázquez, Dobra Lusic y la abogada (i) Paola Herrera– estableció la responsabilidad de los demandados por los daños causados al carro policial.
“Que, en cuanto a los hechos, cabe consignar que se acreditó en el proceso, que, el 25 junio de 2013, el furgón PPU UX-2255 conducido por Jesús Tapia Alvear colisionó en la parte trasera a un vehículo de la Policía de Investigaciones de Chile, marca Chevrolet, modelo Optra, PPU BRVB-17, al no respetar la luz roja del semáforo ubicado en la esquina de Av. Grecia con calle Juan Moya, y al efectuar un viraje en U, lo que provocó que el conductor del vehículo institucional perdiera el control del móvil, chocando con una barrera de contención”, reseña el fallo.
La resolución agrega: “Que, la demandante señala que el vehículo debió ser dado de baja, atendido que el monto de los daños del vehículo y el costo de reparación de este superaba el valor comercial del automóvil, por lo que demanda una indemnización de perjuicios por un monto que asciende a la suma de $4.762.259 (cuatro millones setecientos sesenta y dos mil doscientos cincuenta y nueve pesos)”.
“Que –prosigue–, en orden a establecer los perjuicios sufridos por la actora, se agregaron los siguientes documentos, con citación y no objetados por la contraria:
1. Parte policial, que en lo que interesa, en el apartado de daños, señala: El vehículo patente BRVB-17, mantiene daños en la totalidad del frontis, tapabarro trasero y maletero abollado, parabrisas quebrado, y
2. Informe técnico de situación de vehículo N°244. (fs.7) 15/7/2013, emanado de la Sección de Mantención de Vehículos Motorizados de la PDI. Informa que la valorización de los daños supera el valor comercial del bien, declarando la pérdida total del vehículo siniestrado:
-PPU BRVB-17. Chevrolet Optra. Año 2009. Valor comercial: $4.762.259.
-Describe diversos componentes dañados, en el conjunto delantero, trasero y mecánico, concluyendo que la magnitud del siniestro provocó daños irreparables en componentes mecánicos y de estructura que superan el valor comercial del bien, por lo que corresponde declarar su pérdida total”.
Para el tribunal de alzada: “(…) la demandante con la prueba descrita precedentemente, ha acreditado los perjuicios que le ocasionó la conducta descuidada del demandado y, en consecuencia, se acogerá en este capítulo el recurso de apelación del actor”.
“En efecto, de los referidos documentos se infiere que el perjuicio provocado asciende a la suma de $4.762.259, que es la suma que se ordenará pagar en lo resolutivo del fallo”, añade.
Por tanto, se resuelve que: “SE REVOCA, la sentencia apelada de veinte de marzo de dos mil veinte, Y EN SU LUGAR, SE DECLARA QUE SE ACOGE LA DEMANDA DE INDEMNIZACION DE PERJUICIOS y se condena a Jesús Tapia Alvear, en calidad de conductor del furgón PPU UX-2255, y solidariamente a Juan Ormazábal Sepúlveda, en calidad de dueño del mismo vehículo, a pagar a pagar a favor del FISCO DE CHILE la suma de $4.762.259, más reajustes e intereses, con costas”.