La Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de protección presentado por el municipio local, ordenando a los padres de dos menores de edad cumplir con el plan de vacunación obligatoria del Ministerio de Salud.
El fallo establece que el interés superior del niño y la protección de la salud pública prevalecen sobre la negativa de los padres a vacunar a sus hijos.
La Corte argumentó que, si bien existe el derecho a rechazar tratamientos médicos, este no se aplica cuando la omisión pone en riesgo la salud pública, como es el caso de la vacunación.
La resolución destaca que la jurisprudencia previa, incluyendo fallos del Tribunal Constitucional (Rol N°15.036-2023) y la Corte Suprema (Rol N°76.162-2021), ha confirmado que la negativa a vacunar vulnera el derecho a la vida y la salud pública, siendo especialmente grave cuando se trata de niños, niñas y adolescentes (NNA).
Respecto a los certificados médicos presentados por los padres, que contraindicaban la vacunación por riesgos específicos, la Corte determinó que estos no eximen del cumplimiento del Programa Nacional de Inmunizaciones (PNI). Se enfatizó que corresponde a los equipos médicos del Servicio de Salud evaluar individualmente a los NNA y aplicar protocolos para casos excepcionales.
El tribunal subrayó la importancia de la vacunación no solo para proteger a los menores de enfermedades graves, sino también para contribuir a la inmunidad colectiva y prevenir brotes epidemiológicos. Además, citó estudios científicos recientes que descartan la relación entre la vacunación infantil y el autismo u otras 49 enfermedades, refutando así los argumentos de los padres.
La Corte concluyó que la conducta de los padres, al negarse a vacunar a sus hijos sin justificación médica válida, es ilegal y arbitraria, amenazando el derecho a la vida e integridad física de los menores y la salud pública en general.
Como resultado, se ordenó la aplicación inmediata de todas las vacunas obligatorias correspondientes a la edad de los menores, autorizando incluso el uso de la fuerza pública en caso de oposición.
Este fallo defiende el derecho a la salud de los menores y refuerza la política de vacunación obligatoria como medida de salud pública en Chile.