La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en la suma de $7.000.000 el monto de la indemnización que la empresa de Entel PCS Telecomunicaciones SA deberá pagar por concepto de daño moral, a excliente a quien la compañía le cobraba deudas por líneas telefónicas que no contrató.
En fallo unánime (causa rol 1.906-2023), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Jenny Book, el ministro Carlos Escobar y el abogado (i) Cristián Parada– confirmó, con costas, la sentencia impugnada, dictada por el Quinto Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se aumenta el monto indemnizatorio en proporción al daño acreditado.
“Que en cuanto al daño sufrido por don Juan Carlos Medina Reyes, esta Corte lo avaluará prudencialmente en la suma de siete millones de pesos, teniendo en consideración para ello, que de acuerdo al informe sicológico acompañado por el demandante da cuenta de la afectación sufrida por los hechos que motivan la demanda, tanto en el ámbito personal y familiar que debe ser resarcido por la demandada. Ello sumado a la reiteración de la conducta de la demandada, lo que implicó llegar a la contratación de cinco líneas telefónicas”, plantea el fallo.
“Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en los artículos 144 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha dos de mayo de dos mil veintidós, dictada por el 5° Juzgado Civil de esta ciudad, en los autos rol N°C-13.719-2020, con declaración, solo en cuanto, a que el monto al que se condena al demandado a pagar al actor asciende a la suma de siete millones de pesos ($7.000.000) a título de daño moral, con costas del recurso”, concluye.