Cierre de camino vecinal que conecta propiedad de la recurrente con la vía pública, utilizado por más de 30 años, es un acto de autotutela ilícito proscrito por el ordenamiento jurídico.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Puerto Montt, que rechazó el recurso de protección interpuesto por la instalación de un cerco de madera que impide el acceso a la propiedad de la recurrente. La actora señaló que el recurrido instaló un cerco en un camino utilizado durante más de treinta…