La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó la multa de 5 UTM aplicada a la empresa Construmart SA, por infracción a ley de protección de los derechos de los consumidores.
En fallo unánime (causa rol 6-2024), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Érika Silva Pavez, el fiscal judicial Álvaro Martínez Alarcón y el abogado (i) Gastón Bobadilla Quinteros– ratificó la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Rancagua, con declaración que se eleva el monto de la indemnización a $3.000.000 por concepto de daño moral, a cliente que resultó lesionada al sufrir una caída en el local de la demandada, en junio de 2022.
“Que respecto del daño moral, con los documentos acompañados a fojas 54 y siguientes consta que fruto del accidente el demandante sufrió una lesión en su mano que le ocasionó falta de funcionalidad para el desarrollo de sus actividades de vida diaria, con un dolor crónico intenso, ambos diagnósticos de carácter irrecuperables, lo que de acuerdo a las máximas de la experiencia configura un padecimiento físico permanente, con el consecuencial sufrimiento en la psiquis del actor al verse expuesto a dicho accidente con tales consecuencias, lo que justifica confirmar la decisión el fallo, y aumentar el monto fijado por el juez”, sostiene el fallo.
“Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se confirma la sentencia apelada de treinta de junio de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Rancagua, en causa ROL 577.938, con declaración que la suma que se debe pagar por concepto de daño moral asciende a $3.000.000 (tres millones) más los reajustes e intereses en la forma señalada en la sentencia apelada”, ordena.