Con fecha 23 de octubre de 2024, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.703, que modifica el Código Sanitario para permitir que las ceremonias fúnebres de los cuerpos de bomberos puedan efectuarse en un horario especial.
La ley iniciada en moción de las diputadas Ana Bravo, Joanna Pérez, Erika Olivera, y de los diputados Jorge Guzmán, Ricardo Cifuentes, Gaspar Rivas, Felipe Camaño, Rubén Oyarzo, Francisco Pulgar y Nelson Venegas, modifica el artículo 136 del Código Sanitario con el propósito de permitir la realización de ceremonias fúnebres y romerías nocturnas para integrantes de los Cuerpos de Bomberos de Chile u otras instituciones que lo requieran, previa autorización de la autoridad sanitaria.
Para estos efectos, la ley establece que los establecimientos mencionados en la disposición citada, tales como cementerios, crematorios, casas funerarias y otros similares, deberán incluir en sus reglamentos internos un horario de funcionamiento extraordinario para dichos fines.
La tradición de dar sepultura nocturna en bomberos implica el desplazamiento de la urna del bombero fallecido por las calles de ciudades y pueblos chilenos, desde los cuarteles de bomberos hasta los Cementerios Generales y/o privados, acompañado por sus familiares, deudos y sus compañeros del cuartel respectivo. Es una ceremonia plena de significativos gestos y ritos bomberil que se desarrolla en horario nocturno, y en el que habitualmente dichos cementerios se encontraban cerrados al acceso del público, por estar fuera de su horario de funcionamiento.