La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó hoy –lunes 2 de septiembre– el recurso de amparo presentado por el abogado del general director de Carabineros, Ricardo Álex Yáñez Reveco, en contra de la instrucción impartida por el Ministerio Público de dar aviso de las salidas del país del recurrente.
En fallo unánime (causa rol 2.417-204), la Octava Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Hernán Crisosto, la ministra Paola Díaz y el abogada (i) Rodrigo Asenjo– descartó que la instrucción impugnada sea ilegal y que atente contra la presunción de inocencia de alto oficial.
“Que, de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna en la emisión ni acatamiento de la instrucción cuestionada, pues se trata de una medida tendiente al éxito de la investigación que dirige el Ministerio Público, máxime si –como se ha informado– el amparado se encuentra sometido a una medida de citación, contemplando una audiencia de formalización fijada para el primero de octubre de este año”, sostiene el fallo.
“De otro lado, tampoco se advierte una restricción o vulneración de la garantía de la libertad personal o ambulatoria del amparado, pues la medida dispuesta no posee ningún efecto más que poner en conocimiento de quien dirige la investigación la salida o ingreso al país de este. Ello no parece generar ningún entorpecimiento de los trámites migratorios normales a los cuales están sometidos todos los ciudadanos y, en tal sentido, la medida parece compatibilizar adecuadamente los intereses en juego sin afectar el principio de inocencia”, añade.
Por tanto, se resuelve que: “SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de don Ricardo Álex Yáñez Reveco, General Director de Carabineros en contra del Ministerio Público y de la Policía de Investigaciones de Chile”.