El Pleno de la Corte Suprema, con fecha cinco de agosto, dictó el auto acordado 164-2024 “Sobre acceso a carpetas electrónicas judiciales y buscador de jurisprudencia del Poder Judicial”, el que reemplaza el acta 44-2022 “mediante una regulación simplificada que permita potenciar dicho buscador, así como mejorar los procesos de anonimizacion y selección del universo de fallos que debe tener dicho tratamiento, lo que impactará positivamente en la gestión de los referidos procesos”.
“Las carpetas electrónicas de los procedimientos judiciales seguidos ante los tribunales del Poder Judicial son públicas y deberán estar íntegramente disponibles en la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial, de conformidad con la ley. Sin perjuicio de lo anterior, el tribunal podrá limitar total o parcialmente el acceso a la carpeta electrónica en conformidad a la ley”, dice el acta en su numeral 1.
En su artículo 3, se establece: “El Poder Judicial pondrá a disposición de la comunidad un “Buscador de Jurisprudencia”, plataforma electrónica que, con las restricciones de acceso que la hagan compatible con la protección de datos personales, contendrá las sentencias definitivas firmes y las sentencias interlocutorias firmes que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas por los tribunales del Poder Judicial, que ofrezcan un interés jurisprudencial. No serán incorporadas al Buscador de Jurisprudencia aquellas sentencias dictadas en causas en que la ley o el tribunal, por razones distintas a la protección de datos personales, hubieren ordenado su reserva”.