La Corte de Apelaciones de Punta Arenas ordenó la medida cautelar de prisión preventiva de Cristián Gonzalo Muñoz Pérez, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de cohecho y revelación de secreto. Ilícitos perpetrados en 2022, mientras se desempeñaba como fiscal jefe de Puerto Natales.
En fallo unánime (causa rol 218-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Inés Recart Parra, María Isabel San Martin Morales y el fiscal judicial Pablo Andrés Miño Barrera– revocó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
“Teniendo presente que a juicio de esta Corte, en la especie se reúnen a cabalidad los requisitos de las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en especial, las circunstancias que permiten entender, que en esta etapa de la investigación, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la sanción legal probable, la naturaleza, carácter número de delitos y visto, además, lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, SE REVOCA, en su parte apelada, la resolución dictada el día treinta y uno de mayo del presente año, por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, que rechazó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Cristián Gonzalo Muñoz Pérez y, en su lugar, se declara que se accede a la misma”, consigna el fallo.
Respecto de las alegaciones de la defensa en cuanto a la suspender la tramitación del procedimiento mientras se resuelve una querella de capítulos, la resolución del tribunal de alzada confirmó, en esta parte, lo resuelto en el Juzgado de Garantía.
“Atendido el mérito de los antecedentes, no permitiendo las alegaciones formuladas en estrados por la Defensa, desvirtuar los argumentos vertidos por la Sra. Juez a quo, los que esta Corte comparte, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, en lo apelado, la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, en audiencia de treinta y uno de mayo del año en curso”, añade la resolución.