La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la resolución de primera instancia que acogió la querella infraccional y demanda de indemnización de perjuicios, presentadas en contra de la empresa Cencosud Retail SA, por su responsabilidad en el accidente que sufrió clienta en el supermercado Jumbo de la ciudad de Osorno, en noviembre de 2021, condenándola al pago de una indemnización de $5.000.000 a la demandante y el pago de una multa de 100 UTM a beneficio fiscal.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Samuel Muñoz Weisz, María Soledad Piñeiro Fuenzalida y Rodrigo Carvajal Schnettler– descartó error en la sentencia apelada, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Osorno.
El fallo de primera instancia ratificado estableció: “Que, en la especie, respecto al estado del suelo, hecho de prueba circunstancial para determinar responsabilidad en este caso, es necesario aplicar lo dispuesto en artículo 2 ter y 16 letra d) de Ley N° 19.496, coordinándose ello con las normas de interpretación de los artículos 19 al 24 del Código Civil, en cuanto a estimarse que la querellada no demostró que en los instantes mismos de la caída, el suelo donde se encontraba caída la querellante, se encontraba seco y sin alteraciones u obstáculos que hayan provocado que una adulta mayor se precipite al suelo, cayéndose violentamente, lo cual si están de acuerdo las partes en que ello ocurrió”.
“Por ende, la natural carga de la prueba la tenía la querellada y, al no haberlo demostrado, se acogerá la acción infraccional de lo principal de fojas 45 y siguientes, responsabilizándose de la caída sufrida por doña (…) en el Supermercado Jumbo de esta ciudad, a la querellada de autos, Cencosud Retail S.A., al no contar con un sistema de vigilancia y seguridad que informe al instante a su personal, de situaciones de riesgo de accidentes para sus clientes, especialmente para adultos mayores, para quienes, una caída puede ser mortal”, añade.