El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó Krishna Aeline Valdivia Cofré a la pena de cumplimiento efectivo de 4 años de presidio, el pago de una multa de 11 UTM y las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, más el pago de una multa de 11 UTM y la accesoria especial de inhabilidad perpetua para conducir vehículos a tracción mecánica, en calidad de autora del delito consumado de huir del lugar del accidente con resultado de muerte, sin prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad. Ilícito perpetrado en junio de 2021, en la comuna.
En fallo unánime (causa rol 294-2022), el tribunal –integrado por las magistradas Paulina Bossy Chaparro (presidenta), Rocío Castelló Cordero y Yesica Hidalgo Parra (redactora)– decretó, además, la absolución de Valdivia Cofré de la imputación particular que le atribuía participación, como autora, en un cuasidelito de homicidio.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 21 horas del 26 de junio de 2021, “(…) Valdivia Cofré conducía el vehículo placa patente (…), por la Avenida Libertador Bernardo O’Higgins de la comuna de Rancagua, calzada norte, en dirección al poniente, sin haber obtenido licencia de conducir que le habilitase para ello, cruzando la intersección de calle Adelaida Calvo a una velocidad mayor a la permitida y sin estar atenta a las condiciones del tránsito, circunstancia en la que envistió a don (…), quien se encontraba cruzando junto a su pareja la calzada de Avenida Libertador General Bernardo O’Higgins resultando fallecido debido a un politraumatismo esquelético y visceral producto del atropello (…)”.
Tras el atropello, “(…) la acusada no detiene su marcha ni presta ayuda, escapándose del lugar de los hechos y abandonando el vehículo que conducía a un kilómetro y medio, más o menos, de donde abandonó a la víctima -entre Avenida Santa María con Pedro Matus-, sin denunciar el hecho, presentándose ante la policía al día siguiente”.”En efecto, la acusada tras atropellar a la víctima y dejarlo malherido como consecuencia del siniestro, no llamó a Carabineros, no le prestó ayuda al lesionado y huyó del lugar, conducta que se determinó en base al relato conteste de los testigos presenciales del hecho, dos civiles en relación a los rastros dejados en el sitio del suceso; el personal policial y los peritos que participaron en el procedimiento, conforme se asentó previamente, todo lo cual fue afianzado con las fotografías exhibidas en el juicio, lográndose la detención de la acusada Valdivia Cofré al día siguiente en que concurrió a la policía a entregarse, habiendo transcurrido más de 1 horas desde el accidente, tal como ella misma lo reconoció”, consigna el fallo.
El tribunal, además, ordenó el comiso del vehículo con que se cometió el delito cometió el delito y oficiar al Registro Nacional de Conductores, dependiente del Servicio de Registro Civil e Identificación, para dar cumplimiento a la pena de inhabilidad perpetua para conducir.