El Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a F.S.N.G. a la pena única de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados de abuso sexual reiterado de menor de 14 años y violación de menor de 14 años. Ilícitos cometidos en la comuna de Teodoro Schmidt, entre junio y septiembre de 2020.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Javier Bascur Pavez (presidente), Jorge González Salazar y Felipe Carrasco Véliz (redactor)– aplicó, además, a F.S.N.G. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos, oficios públicos y profesiones titulares durante el tiempo de la condena.
Asimismo, el tribunal impuso al acusado las accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oídos como parientes en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal, y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.
Además, se decretó como medida de protección, la prohibición del condenado de acercarse al domicilio, lugar de estudios o de trabajo de la víctima, por el término de 10 años.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre junio y mediados de septiembre de 2020, la víctima, de entre 12 y 13 años de edad a dicho periodo, residía temporalmente en el domicilio del acusado, F.S.N.G., ubicado en la comuna de Teodoro Schmidt, quien le realizó acciones de relevancia y significación sexual.
En tanto, en horas de la madrugada del 12 de septiembre de 2020, el condenó ingresó al dormitorio donde dormía la víctima, de 13 años, y la violó, “señalándole que no debía contarle a nadie”.
“El acusado, quien es primo de la madre de la menor, ejecutó las acciones descritas abusando de los lazos de confianza que el referido parentesco y cercanía familiar le prodigaban, lo que posibilitó la ejecución de los hechos y retardó la develación de los mismos”, consigna el fallo.