La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la resolución, dictada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, que sancionó con una multa de 250 UTM a la empresa Constructora Ingevec SA, por su responsabilidad en accidente laboral registrado en obra de su propiedad en octubre de 2017.
En fallo unánime (causa rol 10.486-2020), la Decimotercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Carolina Vásquez, Dora Mondaca y el ministro Danilo Quezada– revocó la sentencia impugnada, dictada por el 21° Juzgado Civil de Santiago, en la parte que rebajó la multa.
“Que la sola circunstancia de haber corregido de algún modo, la reclamada, las deficiencias constatadas en la fiscalización respecto de las medidas de seguridad que no había adoptado en forma oportuna, no constituye un elemento idóneo ni suficiente para acceder a la rebaja de multa solicitada, desde que ello responde al necesario cumplimiento que debía dar a las indicaciones consignadas en la inspección”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “De contrario, no se advierte razón alguna que autorice la rebaja pedida, teniendo presente que –como lo declara el fallo en alzada– no existe infracción al principio de proporcionalidad, estimando estos juzgadores que la multa impuesta resulta acorde a la entidad de las infracciones constatadas”.
Por tanto, se resuelve que: “se revoca la sentencia de veintiséis de febrero de dos mil veinte, pronunciada por el 21° Juzgado Civil de Santiago, en la parte que accedió a la rebaja de la multa, la que, en cambio, es también desestimada.
Se confirma, en lo demás apelado, la referida sentencia”.