La libertad de expresión tiene un campo de acción más amplio que la libertad de información. A diferencia de ésta no comprende la comunicación de hechos, sino la emisión de juicios, creencias, pensamientos y opiniones de carácter personal y subjetivo.
El Tribunal Supremo de España desestimó un recurso de casación interpuesto en contra de la sentencia de la Audiencia Provincial de Coruña, que confirmó la sentencia de primera instancia que no dio lugar a una demanda por vulneración al derecho al honor en contra de un periódico. La recurrente alegó que se falló con error…