Municipalidad no puede ordenar el desalojo de un “foodtruck” con permisos y patente vigente sin antes dictar el acto administrativo que deje sin efecto el permiso precario otorgado para ocupar un espacio en un bien nacional de uso público.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de La Serena que acogió un recurso de amparo económico interpuesto por un comerciante en contra de la Municipalidad de Coquimbo, que ordenó el desalojo de un espacio público que había sido cedido por el municipio para el desarrollo de su actividad económica. El 19…