En el delito de violación de morada el sujeto activo debe actuar contra la voluntad del morador o del que tiene derecho a excluir, voluntad que puede ser expresa, tácita y hasta presunta.
El Tribunal Supremo de España desestimó el recurso de casación interpuesto en contra de la sentencia de instancia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que confirmó la pena de 6 meses de prisión impuesta al acusado por el delito de allanamiento de morada. El recurrente alegó que se falló con…