La Constitución de bien familiar celebrada con posterioridad a la hipoteca no empece al acreedor hipotecario ni impide continuar con el procedimiento de desposeimiento.
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia de la Corte de Concepción, que confirmó la sentencia de primera instancia, que rechazó las excepciones opuestas, acogiendo la demanda ejecutiva de desposeimiento impetrada por el Banco de Chile. El 1° Juzgado de Letras de Los Ángeles, en…