La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la demanda presentada por la empresa de ventas online Club Point Chile SpA y que condenó a la demandada, BCI Seguros Generales SA, a pagarle la suma de 2.620 UF, por el robo de productos cubiertos por la póliza contratada, denominada “Seguro Multirriesgo Pyme”.
En fallo unánime (causa rol 12.911-2019), la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Paola Hasbún Mancilla, el ministro Rodrigo Carvajal Schnettler y el abogado (i) Rodrigo Montt Swett– confirmó íntegramente la sentencia que acogió la demanda.
“Atendido el mérito de los antecedentes, se confirma la sentencia apelada de fecha catorce de agosto de dos mil diecinueve, dictada por el 11° Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol C- 30370-2017”, consigna el fallo.
La sentencia de primera instancia ratificada estableció que: “La afirmación sostenida por la liquidadora en relación a que parte de la mercadería robada se encontraría en las bodegas de la empresa asegurada no solo no tiene sustento probatorio sino que además se contradice con sus mismos actos”.
La resolución agrega que: “Gosch Andereya, funcionario que ha de estimarse calificado en sus labores, pues no existe antecedente en contrario, afirma que asiste a las bodegas de Club Point Chile SpA y constata el robo, constata las pérdidas y además registra su visita (Informe de Reserva 2), muestra de ello son los informes de reserva que suscribe; incluso en el N° 6 tiene a la vista la contabilidad de la empresa siniestrada y luego de analizarla es que concluye que la pérdida es de UF 2.620,00”.
“Pero es este mismo testigo –continúa– el que en el tribunal asevera que la mayoría de las cosas estaban en la bodega, afirmación que es del todo contradictoria con lo que el mismo constató en su visita de febrero de 2016 a las dependencias de Club Point Chile SpA y que además refrendó una vez que analizó ‘los inventarios valorizados pre y post siniestro, junto a un respaldo contable (libro de ventas, libro de compras, balance general, asientos contables, formulario 29 SII) los cuales se cruzaron para comprobar su veracidad, sin encontrar hasta el momento ninguna observación al respecto’”.
“Frente a esta evidente contradicción ha de aplicarse la norma del artículo 428 del Código de Procedimiento Civil, lo que permite dejar asentado que la pérdida sufrida por Club Point Chile SpA fue de UF 2.620,00”, añade.
“Pero no solo ello, sino que la rebaja realizada en los Informes de Reserva se encuentran absolutamente injustificados, de hecho ninguna razón se da”, releva el fallo de base.
Para el juzgado civil, además: “Reafirma lo anterior el intercambio de correspondencia entre Club Point Chile SpA y la empresa encargada por BCI Seguros Generales S.A. para la liquidación del siniestro, conversaciones en que no se justifica de modo alguno la exigencia de nueva información a la asegurada”.
“En consecuencia el informe N° RBC-17762, siniestro N° 6144477 no se ajusta a los antecedentes que fueron puestos en conocimiento y disposición de la empresa liquidadora, lo que necesariamente conduce a establecer que hasta donde los antecedentes justifican la pérdida producto del robo ascendió a UF 2.620,00, que es el monto que deberá pagar la demandada, teniendo para ello presente que esta no cuestionó la existencia del siniestro, su envergadura ni la información que le fuera puesta en su conocimiento”, concluye.