La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $2.950.000, por concepto de daño emergente, por los perjuicios causados a conductor que fue chocado por carro policial que no respetó disco “Pare”. Accidente de tránsito registrado en el centro de la ciudad, en junio de 2017.
En fallo unánime (causa rol 6.487-2022), la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Graciela Gómez, el ministro Tomás Gray y el abogado (i) Eduardo Jequier– confirmó la sentencia que estableció la responsabilidad del Estado por los daños provocados por un funcionario público.
“Atendido el mérito de los antecedentes, se aprueba la resolución apelada de diez de marzo de dos mil veintidós, dictada por el Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-13821-2020”, consigna el fallo.
La sentencia de primera instancia ratificada estableció: “Que de esta manera ha quedado debidamente asentado que la demandante sufrió daños que tienen su causa directa e inmediata en el hecho culposo imputable al funcionario público, esto es manejar sin estar atento a las condiciones del tránsito y no respetar señalización pare, de lo que se deduce que en la especie también concurren las demás exigencias para la procedencia de la acción resarcitoria deducida”.
La resolución de base agrega: “Que además, quedó debidamente acreditado que el vehículo patente Z-6322, es de propiedad de Carabineros de Chile y que lo conducía el funcionario público en cumplimiento de sus funciones, es decir, con autorización de su dueño”.
“Que en estas condiciones –prosigue–, cabe abocarse ahora al examen de la naturaleza, especie y monto de los perjuicios demandados, como consecuencia del actuar culposo del funcionario de Carabineros de Chile”.
“Que del mérito de la prueba documental aportado en autos, en especial del parte policial donde se señalan los daños que tuvo el vehículo del demandante, según se expuso en el considerando noveno de este fallo, junto a las fotografías acompañadas en el Folio 42 que corroboran los mismos daños, y los presupuestos del año 2017 y 2020, donde se indican diversos valores por cada uno de los daños, y considerando el año de fabricación del vehículo, y la documental acompañada consistente en tasación fiscal del vehículo y publicación en portal de venta de autos, todo lo que constituye un conjunto presunciones judiciales graves, precisas y concordantes, para efectos de acreditar y cuantificar el daño solicitado, que este tribunal fija prudencialmente en la suma de $2.950.000, suma que el propio actor ha solicitado en su demanda”.