El legislador estableció en el artículo 439 del Código Penal un concepto amplio de violencia o intimidación, comprensivo de cualquier acto que pueda intimidar o forzar a la manifestación o entrega.
La Corte Suprema rechazó recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia pronunciada por el 3° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó al imputado a la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito de robo con violencia. En su libelo, el…