El Decimoséptimo Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización total de $9.548.760 (nueve millones, quinientos cuarenta y ocho mil setecientos sesenta pesos) a conductora cuyo automóvil fue chocado por radiopatrulla de Carabineros que no respeto semáforo en rojo. Accidente registrado en la intersección de las avenidas Santa Rosa y Departamental, en marzo de 2019.
En la sentencia (causa rol 26.451-2019), la magistrada Rocío Pérez Gamboa estableció la responsabilidad del Estado por el actuar negligente de uno de sus agentes, por lo que le ordenó pagar la suma de $6.548.760 (seis millones quinientos cuarenta y ocho mil setecientos sesenta pesos), por concepto de daño patrimonial, más $3.000.000 (tres millones de pesos) por daño moral, a la demandante.
“Que, sin perjuicio de lo anterior, aun cuando en la especie fueren aplicables las normas sobre responsabilidad por el hecho del dependiente previstas en los artículos 2320 y 2322 del Código Civil, era de cargo de la parte demandada acreditar las hipótesis eximentes de responsabilidad previstas en las aludidas disposiciones, circunstancia que no hizo al no haber rendido prueba alguna en el juicio”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “En efecto, si bien el Fisco de Chile alegó que la responsabilidad en el accidente debe recaer en su autor material, esto es, en el conductor de la patrulla Sr. Aburto, cuyo actuar ‘impropio’ era imposible de prever o impedir por parte de Carabineros de Chile, lo cierto es que dicha excusa no tiene asidero, pues el acto ilícito se ejecutó en ejercicio de las funciones propias que la ley encomienda a aludida repartición pública, de manera tal que el hecho es imputable de manera directa al Estado frente a la víctima, sin perjuicio de la responsabilidad de carácter personal del infractor”.
“Que, en definitiva, en la especie se encuentra configurada la culpa o negligencia por parte del conductor del vehículo patrulla Sr. Aburto –funcionario de Carabineros de Chile–, quien no respetó la normativa del tránsito prevista en los artículos 108, 167 N° 2 y N° 10 y 199 de la Ley N° 18.290 reseñados anteriormente, provocando con ello el accidente en que se vio afectada la actora Sra. Aimee Reyes Núñez”, añade.
“Luego, tratándose de un hecho ilícito cometido por un funcionario perteneciente a la Administración del Estado, en el ejercicio de sus funciones, corresponde al Estado, representado por el Fisco de Chile, responder frente a la víctima conforme lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 18.575”, concluye.
Por tanto, se resuelve:
I.- Que se acoge parcialmente la demanda de fecha 24 de agosto de 2019, deducida por doña Aimee Reyes Núñez en contra del Fisco de Chile, y se condena a este último a pagar a la actora, por concepto de daño patrimonial, la suma de $6.548.760 (seis millones quinientos cuarenta y ocho mil setecientos sesenta pesos); que se desglosan en $4.988.760 por las reparaciones de su vehículo siniestrado, $1.500.000 a título de desvalorización del dicho vehículo y $60.000 correspondiente a las consultas psicológicas, rechazándose la demanda en lo restante.
II.- Que se condena al Fisco a pagar por concepto de daño moral, la cantidad de $3.000.000 (tres millones de pesos).
III.- Que, las cantidades indicadas se reajustarán según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor aplicado desde el último día anterior al mes en que quede ejecutoriada la sentencia y hasta el último día del mes anterior al de su pago efectivo, y las sumas así reajustadas devengarán intereses corrientes aplicados desde la fecha en que la sentencia quede ejecutoriada y hasta la poca del pago efectivo.
III.- Que se condena a la parte demandada al pago del 80% de las costas de la causa”.