En fallo unánime (causa rol 402-2021), el tribunal –integrado por los jueces Israel Fuentes Gutiérrez (presidente), Francisco Lanas Jopia y Llilian Durán Barrera (redactora)– aplicó, además, a Vicencio Espinoza las accesoria legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas; más el pago de dos multas a beneficio fiscal de 12 UTM cada una.
Asimismo, el tribunal impuso al condenado la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y al comiso del automóvil que conducía al momento de los hechos.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que pasadas las 20 horas del 27 de marzo de 2021, “en circunstancias que el acusado Pablo Enrique Vicencio Espinoza conducía en estado de ebriedad el vehículo Kia Río blanco, placa patente DJWJ-72, por calle Juan Orione de esta ciudad –con sus capacidades perceptivas disminuidas producto de la ingesta de alcohol– al llegar a la esquina de Avenida Bonilla, enfrentó la luz roja del semáforo y no respetó el derecho preferente de paso del automóvil Toyota Tercel azul, placa patente RF-1726 –que se dirigía por Avenida Bonilla hacia el norte, y que era conducido por Jesús Antonio Marín Mella– por lo que accedió al cruce y lo colisionó, resultando este último con lesiones de carácter leve y el vehículo que conducía con daños.
Luego y producto del fuerte impacto en el costado posterior izquierdo del móvil conducido por Marín, este perdió el control y atropelló en su trayecto a la peatona Ana María Cortés Zepeda, ubicada en la acera norte de la avenida Bonilla, quien producto de un politraumatismo concordante al accidente de tránsito –tipo atropello– falleció en el lugar.
Posterior a ello, y continuando con el ronceo, el referido vehículo colisionó al automóvil Chevrolet Spark blanco, placa patente CZBL-38, conducido por Alejandro Ampuero Zárate, y, este a su vez, impactó al vehículo Toyota New Yaris rojo, placa patente JYXZ-91 que se encontraba estacionado en la calzada sur de avenida Bonilla.
Durante toda la secuencia de hechos, el acusado Vicencio Espinoza no detuvo la marcha de su vehículo, no prestó ayuda a la víctima, ni dio cuenta a la autoridad de lo sucedido ni siquiera cuando llegó a su domicilio, pese a tratarse de un accidente con resultado de daños, lesiones y muerte, por el contrario, en cuanto colisionó al vehículo conducido por Jesús Marín, se dio inmediatamente a la fuga. No obstante ello, y producto del choque, se desprendió la patente de su vehículo, la que quedó en el lugar del accidente, por lo que Carabineros logró dar con su dirección, concurriendo a su domicilio, lugar donde se encontraba estacionado el vehículo involucrado, quienes previa autorización de sus moradores, ingresaron al mismo y constataron que el enjuiciado se encontraba en evidente estado de ebriedad, toda vez que además de sus señales típicas, al practicársele el examen respiratorio intoxilyzer, arrojó que conducía con 2.56 gramos de alcohol por mil de alcohol en la sangre y una vez practicada la alcoholemia de rigor, esta arrojó que el acusado conducía con 2.53 gramos por mil de alcohol en la sangre, por lo que fue detenido”.