Cuarta Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que acogió parcialmente la demanda de indemnización presentada en contra del Hospital Clínico San Borja Arriarán por el mal tratamiento brindado a heridas provocadas por mordeduras de perro y que derivaron en la amputación de las piernas del paciente.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió parcialmente la demanda de indemnización presentada en contra del Hospital Clínico San Borja Arriarán por el mal tratamiento brindado a heridas provocadas por mordeduras de perro y que derivaron en la amputación de las piernas del paciente.
En fallo unánime (causa rol 6.506-2019), la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Antonio Ulloa, José Marinello y el abogado (i) Jorge Benítez– confirmó íntegramente la sentencia, dictada por el 25° Juzgado Civil de Santiago, que estableció la falta de servicio del centro asistencial y que le ordenó el pago de la suma de $8.157.552, por concepto de daño emergente, y $5.000.000, a título de indemnización por daño moral.
En primera instancia: “(…) el Tribunal concluye que la falta de servicio en que incurrió el Hospital Clínico San Borja Arriarán, consistente en no haber otorgado al actor las prestaciones relativas a hospitalización y aseo quirúrgico, dispuestas por ese mismo recinto de salud, que, en definitiva, no las cumplió, es precisamente la causa de los daños establecidos en el numeral precedente, toda vez que, de haber cumplido dichas prestaciones, en forma oportuna, se habría podido conocer la magnitud de la infección que afectaba al demandante, infección que ya había sido advertida por dicho recinto hospitalario, pero que, en definitiva, fue constatada en la Clínica Dávila, y determinó, en definitiva, la amputación de los miembros inferiores del demandante”.