La Corte Suprema declaró inadmisible los recursos de casación en la forma y en el fondo presentados en contra de la sentencia que condenó a médico traumatólogo y la Asociación Chilena de Seguridad –ACHS– a pagar cada uno la suma de $17.500.000 (treinta cinco millones de pesos), como indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual a paciente que quedó con cojera permanente, debido al daño provocado a nervio sural (sensitivo) durante intervención quirúrgica al pie izquierdo.
En fallo unánime (causa rol 85.062-2020), la Primera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Rosa María Maggi, Juan Eduardo Fuentes, Arturo Prado, María Angélica Repetto y el abogado (i) Rafael Gómez– estableció que los libelos impetrados no exponen los supuestos errores de derechos en que habría incurrido la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
“Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, cual es que el escrito en que se lo interpone exprese, es decir, explicite, en qué consiste y cómo se ha producido el o los errores de derecho”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que, versando el presente recurso sobre una demanda indemnizatoria, acogida en su cauce contractual, la exigencia consignada en el motivo anterior obligaba al impugnante a denunciar como infringidos aquellos preceptos que, al ser aplicados, servirían para resolver la cuestión controvertida. En este caso, los artículos 1511 inciso 1°, 1545, 1547, 1556 y 1558, todos del Código Civil constituyen precisamente el marco legal de la materia debatida, siendo utilizados por la Corte al revocar y, por tanto, que debían ser analizados, en el evento de acogerse los recursos y dictarse la sentencia de reemplazo”.
“Al no hacerlo, genera un vacío que esta Corte no puede subsanar, dado el carácter de derecho estricto que revisten los recursos de nulidad intentados”, añade.
Por tanto, se resuelve que: “se declaran inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo, deducidos ambos por el abogado Jaime Contreras Vergara, en representación de los demandados Asociación Chilena de Seguridad y Gregorio Verschae Tannebaum y en contra de la sentencia de veintisiete de marzo de dos mil veinte, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago”.