La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $69.000.000 (sesenta y nueve millones) la indemnización por daño moral que deberán pagar conductor y propietario de grúa horquilla a la cónyuge e hijos de trabajador de murió en un accidente registrado en bodega de la empresa Tecnopapel S.A., ubicada en Parque Industrial Los Libertadores, comuna de Colina, en abril de 2015.
En fallo unánime (causa rol 3.713-2019), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Elsa Barrientos, Inelie Durán y el abogado (i) Jorge Norambuena– rebajó el monto que debe recibir la cónyuge y los tres hijos de la víctima, por considera que dicha cifra “resulta más ajustada y proporcional al daño que debieron soportar los demandantes”.
“Que de lo expuesto, resulta dable inferir que el Tribunal ha efectuado una correcta ponderación de la prueba aportada al juicio, tasando la confesión ficta como si fuera una presunción, extrayendo de los hechos conocidos y asentados por medios de prueba directos (muerte de la víctima por el impacto de una bobina de papel, en el instante en que uno de los demandados operaba una grúa de propiedad de la otra demandada), otros nuevos (operación de la grúa a una distancia próxima y poco segura para la víctima), para los cuales, dada la dinámica del accidente, no se contaba sino con prueba de tipo indirecto o indiciaria”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que, sin embargo, dado el carácter satisfactivo de la indemnización por daño moral, esta Corte rebajará el monto fijado por el a quo, en una suma de $45.000.000 (cuarenta y cinco millones de pesos) para la señora Iris Vitali de Gitarelli, y $8.000.000 (ocho millones de pesos) para cada uno de los hijos: Bárbara, Daniela y Aníbal, todos Gitarelli Vitali, apreciación que resulta más ajustada y proporcional al daño que debieron soportar los demandantes, con motivo de los hechos consignados en la sentencia”.